16. El Comité toma nota de la declaración de la delegación de Bielorrusia en el sentido de que se prevé aprobar disposiciones legislativas sobre la objeción de conciencia al servicio militar. A este respecto:
El Comité recomienda que, en cumplimiento del artículo 18 del Pacto y de la Observación general Nº 22 (48) del Comité, se apruebe en una fecha próxima una ley con arreglo a la cual los objetores de conciencia queden eximidos del servicio militar obligatorio y se prevea que presten un servicio civil sustitutivo durante un período equivalente.
reconocimiento de la OC | Reconocido |
duración/condiciones del servicio sustitutorio | Reconocido |